La Primera Sala de la Suprema Corte declaró inconstitucionales los artículos de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, y su reglamento, que penalizan la operación de máquinas tragamonedas, consideradas como “juegos prohibidos o con apuestas”.
Por mayoría de tres votos a dos, y a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara, los ministros estimaron que dicha prohibición es contraria a los principios constitucionales.
“El artículo 12,fracción II, de la Ley Federal de Juegos y Sorteos; así como el artículo 12 del Reglamento de dicha Ley, resultan inconstitucionales por contravenir el principio de legalidad en materia penal”, dijeron.
Con ello, la Primera Sala concedió un amparo a Erik González Eulogio detenido en 2017 por la desaparecida PGR ya que, durante un cateo realizado en la ciudad de Puebla, le encontraron en poder de 19 máquinas tragamonedas.
La citada ley preveía sanciones a propietarios de estas máquinas –habitualmente instaladas en pequeños comercios o cuatros de juegos–, de tres meses a tres años de prisión y multa.
Sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte determinó que la ley es vaga ya que no precisa cuáles son los juegos prohibidos a los que se refiere y para ello se tiene que acudir al Reglamento, lo que resulta inconstitucional.
“Dichos artículos no establecen con la precisión suficiente exigida por el principio de taxatividad,las actividades prohibidas que ameritan una sanción penal”, dice la sentencia aprobada por la Sala.
Agrega que todas las conductas sancionadas penalmente tienen que ser determinadas con claridad por el Congreso.
Agregaron que si bien es posible concluir que la citada Ley se refiere a todos los juegos de azar o con apuestas los destinatarios de la norma no tienen manera de determinar cuándo un juego implica el azar o apuestas.
“Si no resulta completamente claro que las máquinas tragamonedas están prohibidas, entonces el artículo 12 del Reglamento está modificando el contenido del artículo primero de la ley y, por ende, los supuestos de actualización del tipo penal”, dice el expediente avalado por los ministros.
Esta decisión resulta un precedente que podrá ser utilizado por todas aquellas personas a las que se les aplicó los citados artículos hoy declarados inconstitucionales.
Fuente: El Financiero