La Secretaría de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional que impide poner en marcha nuevas centrales eléctricas solares o eólicas que no tengan contrato de interconexión con el Centro Nacional de Control de Energía antes del 15 de mayo.
De acuerdo con la publicación oficial de la política eléctrica, la Secretaría de Energía, a cargo de Rocío Nahle, es quien asumirá la interpretación para efectos administrativos del acuerdo publicado. La dependencia pretende que con esta nueva política se establezcan criterios únicos para el manejo de la industria; en teoría, esta decisión deberá mantenerse mientras exista la emergencia sanitaria.
Lo que se pretende, explica la Sener, es garantizar la confiablidad en el abasto en el sistema eléctrico nacional en este momento.
Lo decretado es para tener “líneas de política que todos los Integrantes de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía, el Centro Nacional de Control de Energía, los gobiernos de las entidades federativas y sus municipios, organismos constitucionales autónomos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Energía e instituciones de investigación, deberán seguir para garantizar el Suministro Eléctrico confiable”, señala el documento.
La publicación en el DOF señala que esta política es un elemento indispensable para fortalecer la seguridad energética del país y sólo va contra los nuevos proyectos de energías renovables porque consideran que, en el mejor de los casos, hay una baja en el consumo y se requiere que la CFE garantice el abasto.
“Esta Política contribuirá en la Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), considerando la evolución productiva y tecnológica, así como el aumento ordenado de la generación con Energía Limpia Intermitente conectada y no conectada al SEN, supervisada por el Estado, a través de la Sener”.
La decisión, señala la Sener, obedece que la decisión es una respuesta derivada del modelo de mercado que impuso la Reforma Energética de 2013, en virtud de que corresponde a la migración de una estructura de monopolio estatal a un entorno de competencia, en el cual la garantía del funcionamiento eficiente del SEN dejó de ser responsabilidad de la CFE, para convertirse en un esquema de obligaciones diversas, aplicable a todos los Integrantes de la Industria Eléctrica, involucrados en la cadena de valor de la energía eléctrica en México.
Estructurada en 10 partes, el acuerdo de la Sener señala que no pueden operar todas las empresas que al momento de la publicación no tengan contratos de interconexión.
“La integración de Capacidad Instalada de Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente en el SEN se mantendrá para todas las Centrales Eléctricas que hayan alcanzado el Contrato de Interconexión un día antes de la publicación de esta Política”.
Sin embargo, si para alguna central eléctrica con energía limpia Intermitente, eólica o fotovoltaica, se cancela su Contrato de Interconexión o Permiso de Generación, el CENACE evaluará las solicitudes para que, en función de la posición de ingreso y avance en el punto de Interconexión de la solicitud y de la capacidad de alojamiento regional de Generación Limpia Intermitente considerando la Confiabilidad del Sistema, se determinará la viabilidad de aceptar la solicitud del Estudio y continuar el proceso de éste.
Fuente: El Sol de Durango