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NACIONAL POLÍTICA

La SCJN invalida la ley para la inclusión de Jalisco

Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó varios artículos de la Ley de Educación de Zacatecas y la totalidad de la Ley para la Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco, debido a que no hubo una consulta previa entre los sectores de la población que pretenden beneficiar.

En el primer caso, los ministros le dieron la razón a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), quien impugnó los artículos 39 a 41, y 44 al 48, de la Ley de Educación de Zacatecas, los cuales tratan de la enseñanza indígena y políticas de inclusión, debido a que para su aprobación no hubo una consulta previa entre los ciudadanos pertenecientes a estos pueblos originarios.

Esta consulta previa es indispensable según la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas, donde se establece que cualquier ley que afecte directamente a estas comunidades debe ser consultada entre sus integrantes, antes de poder ser votada en un congreso.

Por razones similares, la SCJN invalidó la ley de inclusión de Jalisco, pues no hubo una consulta previa entre con la comunidad de las personas con alguna discapacidad.

En ambos casos, los ministros dieron a los poderes legislativos locales un plazo de 18 meses para que convoquen a sus respectivas consultas y emitan nuevas normas con base en la opinión de las comunidades directamente afectadas por las leyes impugnadas.

Fuente: La Jornada