• Desde la vinculación a proceso; precisa.
Con la finalidad de establecer como causa de suspensión de la patria potestad, el auto de vinculación a proceso por delito de feminicidio o su tentativa en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes, el diputado Fernando Rocha Amaro propuso reformas al Código Civil del Estado.
“Como lo hemos mencionado en otra ocasión, para el caso del feminicidio, no es indispensable esperar a la conclusión del juicio para sancionar con la suspensión de la patria potestad del agresor sobre los hijos de la víctima y que procrearon en común, porque la integridad, salud y vida de esos hijos debe ser considerada desde el primer momento en que exista la sospecha de que su padre ha sido el feminicida”, consideró.
Al realizar la ampliación de motivos, subrayó que la suspensión de la patria potestad, resulta idónea para los casos en que las personas que la ejercen se coloquen en una situación que pueda significar un peligro o causarle algún perjuicio al menor de edad sujeto a ella.
“El delito de feminicidio en contra de una madre, es uno de los actos lesivos más grandes que pueda vivir un infante, lo que sin duda es más difícil de sobrellevar cuando el agresor fuere el propio padre del menor”, precisó a nombre del Grupo Parlamentario del PAN.
En relación directa con lo manifestado y propuesto en la actual iniciativa, el legislador recordó que, el Pleno del Senado aprobó, en la sesión del 13 de diciembre del año pasado, un dictamen para solicitar a los congresos locales que armonicen su legislación en materia de guarda, custodia y pérdida de la patria potestad en caso de feminicidio, desde el momento de la vinculación a proceso.