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Congreso del Estado de Durango

Presentan iniciativa para reforzar medidas y prevenir COVID-19

Con la finalidad de reforzar las medidas y prevenir la propagación del COVID-19
ante la emergencia sanitaria que vive Durango, la diputada Sandra Amaya Rosales
presentó la iniciativa Ley para Regular las Medidas de Prevención y Movilidad de la
Transmisión de Covid-19 para el Estado.
“Solo implementando nuevas estrategias podremos frenar el aumento de
contagios y muertes a causa de esta pandemia, por ello a nombre de la Coalición
cuarta Transformación, y como parte de las actividades esenciales publicadas por el
Gobierno Federal presentamos la iniciativa”, resaltó durante la sesión virtual.
En este sentido, la también presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación
Política, destacó que en un entorno de crisis como el actual de carácter sanitario,
conocer el tamaño del desafío es obligatorio para tomar buenas decisiones de
política pública y así diseñar e implementar estrategias que protejan a la población
en general.
“Las medidas sanitarias para reducir los efectos del COVID-19 sobre la población y
los sistemas de salud han tenido que ser más drásticas, por lo que ha implicado,
volver al color rojo en el semáforo de riesgo epidemiológico y por tal motivo, la
suspensión de actividades económicas en sectores no esenciales”, puntualizó
Amaya Rosales.
Por ello, consideró fundamental la participación de la sociedad, ya que tiene que
ser corresponsable y acatar las medidas de prevención y mitigación que indican las

autoridades de salud del Estado de forma solidaria, sin transgredir o vulnerar los
derechos de otras personas.
De esta manera, el nuevo ordenamiento legislativo establece el uso de cubre bocas
obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio del Estado,
en vías y espacios públicos o de uso común.
Así como en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o
servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, considerados
como esenciales o no esenciales; así como para usuarios, operadores y conductores
de los servicios de transporte de pasajeros y transporte de carga en las
modalidades señaladas en la ley de la materia.