Los diputados locales aprobaron las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, con la finalidad de que puedan realizar reuniones de manera virtual o a distancia, mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, incluyendo el uso de la firma electrónica.
Lo anterior, en virtud de que con los hechos recientes derivados de la pandemia ocasionada por el Covid-19, sus actividades se han visto limitadas, por lo que con las adecuaciones se brinda certeza a los ciudadanos.
Además, representa un avance en la reactivación de las actividades que sin duda pese a las circunstancias se tiene que dar.
De esta manera, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia podrá celebrar sesiones virtuales o a distancia mediante el uso de las tecnologías, cuando exista una declaratoria de emergencia decretada por autoridad competente, siempre y cuando por las características particulares de la emergencia, se impida la asistencia presencial de los integrantes del Pleno.
En este sentido, bastará la asistencia virtual o a distancia de más de la mitad de sus miembros para que pueda sesionar válidamente, entre los que deberá estar su Presidente o quien lo sustituya legalmente.
Para el caso de la celebración de sesiones virtuales o a distancia, se deberá autorizar la validez y el uso de la firma electrónica.
En el caso del Pleno del Consejo de la Judicatura, será suficiente la asistencia virtual o a distancia de tres de sus integrantes, entre los que deberá estar invariablemente su Presidente; y en caso de ausencia o impedimento, el Vicepresidente del Tribunal; y si éste se encuentra en la misma situación, presidirá sólo para la sesión correspondiente quien determine el Pleno del Tribunal.
laserinformativo.com.mx
Rapidez, objetividad, imparcialidad, veracidad… Toda la información en un solo sitio!