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Congreso del Estado de Durango

Se debe eliminar violencia institucional contra las mujeres

Las mujeres hemos sido víctimas en innumerables ocasiones de las diversas
manifestaciones de la violencia, lo anterior lo refleja el último reporte
emitido por el INEGI a través de la encuesta nacional sobre la dinámica de
las relaciones en los hogares, donde se establece que 66 de cada 100
mujeres de 15 años o más han sufrido al menos un incidente de violencia de
cualquier tipo a lo largo de la vida.
 Nuestro país ha tomado decisiones para combatir este real mal, desde la
implementación de políticas públicas a favor de las mujeres reformas a la
legislación para la protección de sus derechos y la celebración de diversos
tratados internacionales para garantizar la seguridad del acceso pleno de
sus derechos humanos, sin embargo, la realidad de las cosas es que en
nuestro territorio, aún estamos bastante lejos de garantizar la igualdad de
género mucho más el empoderamiento de las mujeres.
 Desgraciadamente estamos acostumbrados a relacionar la violencia de la
mujer en sus más terribles representaciones, como son la violencia física,
agresiones y los feminicidios, sin embargo, una violencia que también nos
afecta como sociedad, es cuando la violencia es ejercida por los propios
servidores públicos, por lo que podemos afirmar que la VIOLENCIA
INSTITUCIONAL es la menos visible, la que más se ha silenciado y la más
impune de todas.
 La LEY DE LAS MUJERES PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA, considera la
violencia institucional como los actos u omisiones de las y los servidores
públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin,
dilatar u obstaculizar y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres,
así como al disfrute del derecho de políticas públicas destinadas a prevenir,
a atender, e investigar.

 Sin embargo, la ley en la materia contempla la definición de la violencia
institucional y solo lo hace de una manera enunciativa, sin embargo, no se
contemplan sanciones para aquellas personas SERVIDORAS PÚBLICAS que
lleguen a ejercer este tipo de violencia.
 por ello, recordó que los diputados de Morena presentaron en su momento
la iniciativa de tipificar dentro del Código Penal de nuestro estado, la
violencia institucional adicionado un articulo 140 ter, a donde cabe aclarar
que quede establecido dentro del capítulo que comprende el delito de
ejercicio abusivo de funciones y se propone que este delito sea castigado
con penas que van 2 a 6 años de prisión y multas de 144 a 432 umas,
además proponemos fortalecer la descripción de la violencia institucional
comprendida en la ley de las mujeres para una vida sin violencia,
adicionando el segundo párrafo al art. 12 del citado cuerpo normativo
 Quienes integramos el cuerpo parlamentario de Morena proponemos estas
reformas, ya que estamos preocupados porque la violencia contra la mujer,
es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de
poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres