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Municipio de Durango

Avala Cabildo realización de sesiones no presenciales

Regidores aprobaron el dictamen de la Comisión de Gobernación que avala las iniciativas de la fracción de regidores del PAN y representantes del PRI para la realización de sesiones de Cabildo y las comisiones de manera no presenciales.

De acuerdo al dictamen aprobado en sesión ordinaria de Cabildo, se adiciona un párrafo tercero al artículo 64 del Bando de Policía y Gobierno de Durango: adición de un artículo BIS y de un inciso g) a la fracción segunda del artículo 50.

Asimismo, se considera la reforma de los artículos 25, primer párrafo; y 70 fracción IV; del Reglamento del Ayuntamiento del Municipio de Durango, así como la adición de un cuarto párrafo al artículo 25 y una fracción VII al artículo 70 del Reglamento del Ayuntamiento del Municipio de Durango.

De esta manera, el Ayuntamiento también podrá desahogar sus atribuciones en sesiones ordinarias o extraordinarias con el carácter de no presencial y a través de las tecnologías de la información, cuando existan razones de salubridad general, de protección civil, contingencia sanitaria o cualquier otra decretada por la autoridad competente que impida la realización de la sesión.

Las sesiones de carácter no presencial serán convocadas por el secretario del Ayuntamiento a solicitud del Presidente o de cuando menos la mitad de más de uno de los integrantes del Ayuntamiento, para resolver asuntos que se consideren importantes en el contexto de la situación que ocasionan la realización de este formato de sesión.

Las sesiones deberán realizarse en el recinto oficial del Ayuntamiento, salvo que previo acuerdo de los mismos se determine realizarse en otro lugar. Habrá tres formas de ejercer el voto en las sesiones: económica, nominal y por cédula.

Cuando existan razones salubridad general, de protección civil, contingencia sanitaria o cualquier otra que impida el acceso a las y los integrantes del Ayuntamiento al recinto correspondiente, podrá convocarse a la realización de la sesión en la modalidad no presencial, a través de las tecnologías de la información, el uso de la informática, internet o las telecomunicaciones.

Las sesiones de las comisiones se realizarán dentro de los horarios, día y lugar previamente acordados y registrado en la Secretaría, salvo que por la importancia de los temas a tratar sea necesario sesionar de manera diferida o bajo formato de no presencial siempre y cuando existan salubridad general, protección civil, contingencia sanitaria o cualquier otra que impida el acceso a las y los integrantes de las comisiones al recinto correspondiente para el desarrollo de las mismas. 

El presente resolutivo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en su Gaceta Municipal, de manera posterior a la fecha en que el Congreso haya aprobado el decreto por el cual se reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango en materia de sesiones no presenciales de los Ayuntamientos y éste haya sido publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.